Aunque no se trata de una “prohibición” literal, el SAT ha emitido alertas sobre ciertos conceptos y montos que, si no se justifican adecuadamente, pueden ser considerados como ingresos no declarados.
Desde 2025, el SAT ha reforzado su estrategia de fiscalización para detectar posibles casos de evasión fiscal, lavado de dinero o discrepancias entre los ingresos reportados y los movimientos bancarios. Los depósitos en efectivo que superen los 15,000 pesos mensuales deben ser reportados por las instituciones financieras al SAT, conforme al artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Aunque el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) fue eliminado en 2014, el SAT sigue utilizando esta información para identificar movimientos inusuales. No se trata de cobrar impuestos por cada depósito, sino de verificar que los recursos provienen de actividades lícitas y estén debidamente declarados.
El SAT ha señalado que ciertos conceptos en transferencias electrónicas pueden levantar alertas automáticas, especialmente si no coinciden con la actividad económica registrada del contribuyente. Algunos ejemplos incluyen:
“Pago de servicios” o “honorarios” si no se está registrado como prestador de servicios.
“Préstamo” sin contrato o respaldo legal.
“Donación” sin declaración formal ante notario.
“Venta de auto” o “venta de artículos” si no se reporta como ingreso.
Estos conceptos, cuando se usan de forma reiterada o sin sustento documental, pueden ser interpretados como intentos de ocultar ingresos reales.
Incluso las transferencias entre familiares o amigos están sujetas a revisión si no se justifican adecuadamente. Aunque muchas de estas operaciones tienen fines personales, el SAT puede considerarlas ingresos si no se demuestra su origen o si exceden ciertos montos. En estos casos, el contribuyente podría enfrentar multas, recargos o auditorías.
¿Puede el SAT bloquear cuentas?. Sí. En casos donde se detecten irregularidades graves o indicios de operaciones ilícitas, el SAT puede solicitar el bloqueo temporal de cuentas bancarias como medida precautoria. Esto suele ocurrir cuando no se atienden requerimientos de información o cuando se presume la existencia de ingresos no declarados.
Declarar todos los ingresos, incluso los que provienen de actividades informales.
Evitar conceptos ambiguos en transferencias.
Conservar comprobantes de préstamos, donaciones o ventas.
Consultar con un contador si se reciben depósitos frecuentes o de alto monto.
Revisar que la actividad registrada ante el SAT coincida con los movimientos bancarios.
El SAT ha reiterado que su objetivo no es penalizar el ahorro o las transferencias personales, sino garantizar la transparencia financiera y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. En un entorno cada vez más digitalizado, la trazabilidad del dinero es clave para combatir la evasión y fortalecer la recaudación tributaria.



