¿Llegaste tarde por la lluvia? Esto dice la ley laboral en México en 2025

Aunque no pueden descontarte el salario, sí pueden aplicarte medidas disciplinarias como actas administrativas

En plena temporada de lluvias y con fenómenos como el huracán Erick afectando la movilidad en varias regiones del país, miles de trabajadores se enfrentan a una pregunta clave: ¿puede mi empleador descontarme el día por llegar tarde debido al clima? La respuesta, desde el punto de vista legal, es clara: no pueden hacerlo.

Lo que dice la Ley Federal del Trabajo

El Artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los descuentos al salario sólo son válidos si están expresamente autorizados por la ley o si el trabajador los acepta voluntariamente. Un retardo, incluso por lluvia, no figura como causal de descuento.

Aunque no pueden descontarte el salario, sí pueden aplicarte medidas disciplinarias como actas administrativas o llamados de atención, siempre que estén contempladas en el reglamento interno. En casos extremos, podrían impedirte el acceso al centro de trabajo, lo que podría derivar en una falta injustificada si no se documenta adecuadamente.

Además, el Artículo 47 de la misma ley señala que un despido sin responsabilidad para el patrón sólo procede si el trabajador acumula tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días. Los retardos no son faltas, aunque algunas empresas intentan equipararlos a través de reglamentos internos.

écnicamente, no existe una cláusula específica en la LFT que justifique llegar tarde por lluvia. Sin embargo, el contexto actual ha llevado a las autoridades laborales a emitir recomendaciones. La Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX exhortó recientemente a las empresas a permitir el trabajo remoto o ajustar horarios cuando las lluvias representen un riesgo para el traslado seguro de los trabajadores,