Histórico fallo de la Suprema Corte transforma acceso a pensión por viudez en el IMSS

IMSS

La resolución fue emitida por la Segunda Sala de la SCJN en el amparo en revisión 470/2023, con ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marcó un precedente en materia de seguridad social al declarar inconstitucionales los requisitos que durante años limitaron el acceso a la pensión por viudez en México. Desde octubre de 2023, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está obligado a otorgar este derecho sin exigir una duración mínima de matrimonio ni la existencia de hijos en común.

Anteriormente, la Ley del Seguro Social establecía que para acceder a la pensión por viudez, el fallecimiento del cónyuge debía ocurrir después de al menos seis meses de matrimonio, o bien, que la pareja tuviera hijos en común. Esta restricción fue considerada arbitraria y violatoria de derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación y la seguridad social.

La resolución fue emitida por la Segunda Sala de la SCJN en el amparo en revisión 470/2023, con ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf. El fallo invalida el artículo 132, fracción I y su último párrafo de la Ley del Seguro Social, y establece que el derecho a recibir pensión por viudez debe generarse automáticamente tras el fallecimiento del trabajador o pensionado, siempre que se acredite legalmente el vínculo conyugal.

Este cambio representa un avance significativo para miles de personas viudas que, a pesar de haber compartido una vida y dependencia económica con el asegurado fallecido, eran excluidas del beneficio por no cumplir con los requisitos formales. La Corte subrayó que el acceso a la pensión debe responder a la realidad social y no a condiciones que perpetúan desigualdades.

Con esta decisión, el IMSS y otras entidades de seguridad social están obligadas a ajustar sus criterios y procedimientos, reconociendo el derecho de las personas viudas sin importar el tiempo de matrimonio ni la existencia de hijos. La medida fortalece la protección de derechos humanos y amplía el alcance de la seguridad social en México.