Entre las causas más comunes de despido justificado se encuentra la falsedad en la información proporcionada al momento de la contratación.
En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece con claridad las condiciones bajo las cuales un empleador puede despedir a un trabajador sin incurrir en responsabilidad legal. Estas causas justificadas están contempladas en el artículo 47 de la ley y buscan proteger tanto los derechos del trabajador como el orden dentro del entorno laboral.
Entre las causas más comunes de despido justificado se encuentra la falsedad en la información proporcionada al momento de la contratación. Si un trabajador miente sobre sus capacidades, experiencia o formación profesional, y esto se descubre dentro de los primeros 30 días de la relación laboral, el empleador puede rescindir el contrato sin indemnización. Este punto subraya la importancia de la honestidad desde el inicio del vínculo laboral.
Otra causal grave es la agresión física o verbal hacia compañeros, superiores o incluso familiares del empleador. La LFT considera estos actos como motivo suficiente para terminar la relación laboral de forma inmediata. En un entorno que busca fomentar el respeto y la colaboración, este tipo de conductas no tienen cabida y pueden derivar en consecuencias legales adicionales.
El acoso, en cualquiera de sus formas, también constituye una causa de despido justificado. La ley no admite debate en estos casos: basta con que se compruebe la conducta para que el empleador pueda proceder a la rescisión del contrato sin responsabilidad. Este punto refuerza la necesidad de entornos laborales seguros y libres de violencia.
Presentarse al trabajo bajo los efectos del alcohol o drogas es otra causal contemplada por la LFT. La única excepción es cuando el consumo se realiza bajo prescripción médica y se informa previamente al empleador, presentando la receta correspondiente. Esta disposición busca proteger la seguridad de todos en el lugar de trabajo y evitar accidentes derivados de estados inconvenientes. También se considera causa de despido el daño intencional a herramientas, maquinaria o bienes de la empresa.
La ley distingue entre accidentes y actos dolosos, por lo que si se demuestra que el trabajador actuó con intención, el despido será procedente. Esta medida protege el patrimonio de las empresas y promueve el uso responsable de los recursos. Además de estas causas, el incumplimiento de órdenes legítimas del empleador, la desobediencia reiterada, y las ausencias injustificadas también pueden derivar en despido sin indemnización.
La ley exige que el patrón informe al trabajador de manera clara y por escrito sobre las causas de la rescisión, dentro de los cinco días siguientes al despido. Si no se cumple este procedimiento, el despido podría considerarse injustificado. Finalmente, ante un despido, el trabajador tiene derecho a acudir al Centro de Conciliación y Registro Laboral para recibir orientación y, en su caso, iniciar un proceso legal.