¿Los hijastros heredan? Lo que dice la ley en México sobre derechos sucesorios

De acuerdo con el Código Civil Federal, los hijastros no son considerados herederos forzosos en ausencia de testamento

México.- Aunque el Gobierno federal promueve activamente la elaboración del testamento como herramienta para garantizar la voluntad del testador, la ley mexicana establece condiciones específicas para que los hijastros puedan acceder a una herencia.

De acuerdo con el Código Civil Federal, los hijastros no son considerados herederos forzosos en ausencia de testamento. Es decir, si el padrastro fallece sin dejar un documento legal que los incluya, los hijastros no tienen derecho legítimo a recibir parte de los bienes. Sin embargo, si el testador los menciona expresamente en su testamento, su voluntad prevalece y los hijastros pueden heredar como cualquier otro beneficiario designado.

Una alternativa legal que otorga derechos sucesorios plenos a los hijastros es la adopción formal. Si el padrastro adopta legalmente al hijastro, este adquiere el mismo carácter jurídico que un hijo biológico, lo que le permite heredar incluso en ausencia de testamento. Esta vía es reconocida por el Código Civil y respaldada por el Colegio de Notarios Públicos de la Ciudad de México.

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En caso de que no exista testamento ni adopción, los bienes del fallecido se reparten conforme al juicio sucesorio intestamentario.

Este proceso legal convoca a los herederos legítimos, como cónyuge, hijos biológicos, padres o hermanos, y excluye a los hijastros, salvo que exista una disposición legal que los reconozca como dependientes económicos o familiares directos, lo cual es poco común.

Por ello, las autoridades recomiendan elaborar un testamento claro y actualizado, especialmente en familias con estructuras diversas. Esta medida no solo evita conflictos legales y familiares, sino que garantiza que los deseos del testador se cumplan.