La medida ha generado debate en redes sociales y entre especialistas. Algunos consideran que se trata de un mecanismo efectivo para presionar a los deudores a cumplir con sus obligaciones
La Secretaría de Seguridad Pública de Veracruz anunció que, en cumplimiento del artículo 135 Septies de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los solicitantes de licencias de conducir deberán presentar el Certificado de No Inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA). Esto significa que quienes estén registrados como deudores alimentarios no podrán obtener ni renovar licencias de conducir en sus modalidades A, B, C y D.
La disposición entrará en vigor en diciembre de 2025 y busca garantizar el cumplimiento de las pensiones alimenticias, reforzando el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir apoyo económico de sus padres. El certificado puede tramitarse en línea a través del portal oficial del RNOA, y será considerado un requisito obligatorio junto con otros documentos habituales como identificación oficial y comprobante de domicilio.
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Hasta el momento, Veracruz es el primer estado en aplicar esta medida de manera oficial, aunque se prevé que otras entidades puedan sumarse en el futuro, dado que la Ley General establece lineamientos nacionales que cada estado puede implementar en sus procesos administrativos.
La medida ha generado debate en redes sociales y entre especialistas. Algunos consideran que se trata de un mecanismo efectivo para presionar a los deudores a cumplir con sus obligaciones, mientras que otros cuestionan si la restricción de trámites vehiculares guarda relación directa con el derecho de tránsito y movilidad.
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