Ante la cercanía del pago de los aguinaldos en México, ha surgido un tema muy controversial: el pago de impuestos
El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas del año y, al mismo tiempo, una de las más consultadas en materia fiscal. Aunque la Ley Federal del Trabajo establece que debe corresponder al menos a 15 días de salario, no todo este monto está libre de impuestos. La Ley del Impuesto Sobre la Renta define que la exención solo cubre hasta 30 UMAs, por lo que cualquier cantidad que supere ese límite deberá pagar ISR. Este esquema genera diferencias entre trabajadores según su nivel salarial y el monto exacto que reciban en diciembre.
De acuerdo con especialistas, el error más frecuente es asumir que el aguinaldo no se grava o que se usa el salario mínimo general para calcular la exención. Desde 2017, la UMA sustituyó al salario mínimo para efectos fiscales, y ese cambio definió nuevos topes de exención. La cifra vigente establece que solo 3,394.20 pesos están libres de impuestos. Si un trabajador recibe un monto superior, el excedente entra de lleno a la tabla del ISR mensual. Por ello, el impacto fiscal puede variar de forma considerable entre diferentes perfiles laborales.
El abogado fiscalista Adrián Rodríguez explica que la exención aplica únicamente hasta el monto que marca la LISR. Si un aguinaldo supera por poco el umbral, incluso por un solo peso, la parte excedente se calcula bajo las tablas del artículo 96. Así, tanto las empresas como los trabajadores deben hacer el cálculo exacto con la UMA del año correspondiente. Rodríguez subraya que los patrones son responsables solidarios del impuesto, por lo que una retención errónea puede derivar en sanciones. Para evitar inconsistencias, recomienda tener los papeles de trabajo actualizados y con soporte documental.
Para entender mejor el proceso, se aplican los pasos establecidos en el artículo 174 del Reglamento de la LISR. Primero, se divide el monto del aguinaldo entre 365; después, el resultado se multiplica por 30.4; más tarde se suma al ingreso mensual ordinario; y finalmente se aplica la parte exenta de 30 UMAs. Con ese total se determina la base gravada en la tabla del ISR. Este método permite calcular con precisión cuánto se retendrá al trabajador y cuántos impuestos generará su percepción extraordinaria.

Un ejemplo común es el de un empleado que gana dos salarios mínimos y recibe un aguinaldo de 8,475.51 pesos. De ese total, solo 3,394.20 pesos están libres, y los 5,081.31 restantes están gravados. Al aplicar la fórmula correspondiente y la tasa que marca la tabla del ISR, el monto a pagar asciende a 2,025.86 pesos. En consecuencia, el trabajador recibe un ingreso neto de 6,449.87 pesos. Este caso ilustra cómo, aun cuando el aguinaldo representa un beneficio económico significativo, también implica una retención obligatoria cuando supera el límite permitido.
Respecto al debate legislativo, en el Congreso han surgido propuestas para incrementar el aguinaldo a 30 días y eliminar por completo el pago de ISR sobre esta prestación. Sin embargo, estas iniciativas no han avanzado. En caso de que se aprobara un aumento futuro, la LISR tendría que modificarse para evitar que el nuevo monto excediera la exención actual. Mientras tanto, los expertos recomiendan a trabajadores y empleadores realizar cálculos puntuales y cumplir con la entrega del aguinaldo antes del 20 de diciembre, fecha límite fijada por la LFT.
Por último, especialistas recuerdan que, aunque el trabajador es el obligado final al pago del impuesto, el patrón debe retenerlo correctamente. En caso de incumplimiento, la autoridad fiscal puede emitir créditos o sanciones. Para evitar problemas, se aconseja verificar los valores vigentes de la UMA, conservar evidencia del cálculo y entregar el comprobante correspondiente. Con esto, los trabajadores podrán conocer de forma clara cuánto recibirán y por qué parte de su aguinaldo se aplica una retención.
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